miércoles, 4 de septiembre de 2013

Autopsia concluye que secuestrador de Cleveland se ahorcó en su celda


Los resultados preliminares de la necropsia realizada al cuerpo de Ariel Castro, quien secuestró, violó y maltrató durante una década a tres mujeres en Cleveland (EE. UU.), concluyen que se suicidó el martes por la noche en su celda, aunque su abogado dijo este miércoles que investigará a fondo su muerte.
Jan Gorniak, forense del condado Franklin, explicó que la causa de la muerte de Castro, de 53 años y origen puertorriqueño, fue un suicidio por ahorcamiento y agregó que están pendientes los resultados de las pruebas de toxicología.
El martes por la noche Castro fue encontrado ahorcado en la celda del centro penitenciario de las afueras de Columbus (Ohio) donde cumplía la condena a cadena perpetua sin libertad condicional que un juez le impuso el pasado 1 de agosto.
Esa condena le fue impuesta por el cargo de homicidio agravado, por golpear a una de las mujeres durante el cautiverio hasta causarle un aborto, y por el resto de los casi 1.000 cargos que enfrentaba, entre ellos cientos por violación, recibió varias sentencias consecutivas que sumaban otros 1.000 años más en prisión.
Castro estaba bajo vigilancia estrecha en prisión, pero no contaba con protección frente al suicidio. Su abogado, Craig Weintraub, reveló este miércoles que las autoridades penitenciarias rechazaron hace dos semanas una petición para que un psicólogo forense examinara las "tendencias suicidas" de su cliente.
La petición, según Weintraub, se realizó a la luz de una carta de 2004 en la que Castro hacía referencia al suicidio y encontrada por el FBI en la casa de Cleveland donde mantuvo cautivas a sus tres víctimas durante una década.
La familia de Castro "está devastada por la noticia", dijo Weintraub al programa Today de la cadena NBC de televisión, donde prometió llegar "hasta el fondo" en la investigación de las circunstancias de la muerte de su cliente porque se trata de "un ser humano".
Por su parte, John O'Brien, portavoz de la oficina del alguacil del condado de Cuyahoga, indicó hoy que Castro fue puesto bajo vigilancia para evitar un posible suicido cuando fue detenido en mayo, pero tras una evaluación psicológica se decidió eliminar esa protección.
Ante las numerosas peticiones de la prensa, la firma de abogados que representa a las tres víctimas de Castro, Michelle Knight, Amanda Berry y Gina DeJesús, señaló que ninguna de las tres ni sus familias prevén hacer declaraciones.
El alcalde de Cleveland (Ohio), Frank Jackson, sí habló y pidió a los ciudadanos y a la prensa que respeten la privacidad de las tres mujeres para que puedan "seguir adelante con sus vidas". Las tres mujeres fueron secuestradas por Castro en los años 2002, 2003 y 2004, y recuperaron la libertad el pasado 6 de mayo cuando, en un descuido de su captor, Berry logró escapar y pedir auxilio a gritos.
Un vecino, Charles Ramsey, acudió en su rescate y ayudó a la joven a romper la puerta de la casa en la que estaba secuestrada. Berry reveló entonces que en la casa había más personas recluidas contra su voluntad: DeJesús, Knight y su propia hija, de seis años, fruto de los abusos de Castro.
Tras el rescate los vecinos no salían de su asombro y aseguraron que en ningún momento sospecharon que Castro pudiera ser responsable de los secuestros, dos de los cuales, los de DeJesús y Berry, eran muy conocidos por la comunidad. El día en que conoció su condena Castro pidió perdón a sus víctimas.
"No soy un monstruo. Estoy enfermo", dijo. "Creo que yo soy también una víctima", sostuvo entonces. Castro relató que había sufrido abusos sexuales siendo joven y habló también de su adicción a la pornografía. "No estoy tratando de poner excusas. Sé que obré mal, pero no soy una persona violenta", indicó.
También contó que en la casa en la que mantuvo secuestradas a las tres mujeres había "armonía" y que las acusaciones de abusos sexuales eran "falsas", puesto que, según él, "muchas veces" ellas le pedían tener sexo.
Pero el juez Michael J. Russo, al leerle la condena, fue rotundo: "Usted separó a tres mujeres de sus familias y sus comunidades, las hizo esclavas y las trató como si no fueran personas". Una de sus víctimas, Knight, habló entre sollozos ese día y declaró que Castro le "robó" 11 años de su vida, que le podía perdonar, pero "nunca" olvidar lo ocurrido, y que merecía pasar el resto de su vida en prisión.

miércoles, 5 de junio de 2013

                                                                      CÓDIGO DE CONDUCTA DIGITAL
1. 10 comportamientos digitales

2. ley 1273/1341

3. cartas de derechos humanos y principios en Internet

4. delitos informáticos

5. bullying

DESARROLLO:

1. 10 COMPORTAMIENTOS DIGITALES:


1. Utilizo los tics para mejorar mi calidad de vida, respetara a los demás siendo consciente que toda persona
 es digna.
2. Entiendo la libertad de no aser  daño a otro 
3.Me identifico con claridad y honestidad, protegiendo mi información confidencial.
4. Tomo las precauciones en las relaciones que establezco con otras  personas que he conocido en los ambientes tecnológicos.
5.soy responsable en los ambientes tecnológicos comparto información sin afectar mi intimidad y la del otro
6.Participo en los ambientes tecnológicos expresando libre, respetuosa y responsablemente  mis preferencias
7.Me apoyo en las TIC para trabajar en grupo y colaborar con los miembros de mis equipos de trabajo.
8.Aprendo y conozco sobre el uso y las experiencias que ellos tienen con las TIC.
9.Utilizo las TIC para actividades sanas, seguras y constructivas, dentro del marco de la ley colombiana.
10.Cuando copio un fragmento de un trabajo en la red o un texto hago las citas de rigor.




2.LEY 1273/1341:

2.1 Ley 1273 del 2009:

2.2 Ley 1341:
La presente Ley determina el marco general 
para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector 
de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su 
ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección 
al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del 
servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo 
de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro 
radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con 
la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente 
de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del 
territorio nacional a la Sociedad de la Información.
. El servicio de televisión y el servicio postal continuarán rigiéndose por las normas especiales pertinentes, con las 
excepciones específicas que contenga la presente ley.Ley 1341 de 2009  2/56
Sin perjuicio de la aplicación de los principios generales del derecho. 
. Principios Orientadores. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de 
la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, 
económico, social y político e incrementar la productividad, la 
competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y la 
inclusión social.
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben 
servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso 
eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes 
del territorio nacional.
3.CARTA DE DERECHOS HUMANOS Y  PRINCIPIOS EN INTERNE:
3.1 Carta de derechos humanos   como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

3.2 Principios en interne:Internet ofrece oportunidades sin precedentes para desarrollar los Derechos Humanos y desempeña un papel cada vez más importante en nuestra vida.

4.Delitos informaticos: